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------------------------- MAKY PRESS ---------------------------
               -- noticias para internautas --
            Año I. 2ª época, núm 352, 08/05/2001 
 
             NUMERO ESPECIAL CONTRA LA LSSI
( VOLVER A LAS NOTICIAS DEL DIA ) ________________________________________________________________ INDICE: » El gobierno quiere cerrar MakyPress,¡¡ fuera la LSSI !!,por Maky » LSSI: Sentencia de muerte para Kriptópolis,por José Manuel Gómez » No pasarán: Fascismo digital.Por Carlos Sánchez Almeida(*) » LSSI: La Tercera Guerra Mundial de Internet.Por Javier A. Maestre » ¿Qué puedo hacer yo?. Como colaborar. » ¿Qué es la LSSI? » LSSI: Análisis legal. Por Javier A. Maestre » LSSI: ¿Cómo nos afecta?. Por Javier A. Maestre ________________________________________________________________ EL GOBIERNO QUIERE CERRAR MAKYPRESS:¡¡ FUERA LA LSSI !!, por Maky Hoy MakyPress está en pie de guerra. Y pronto, ya mismo, debemos estarlo todos los internautas. Teneís ante vosotros un numero monográfico. El titular este boletín no es un titular para llamar la atención, puede ser un hecho constatable dentro de poco si no paramos los pies a la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (conocida como la LSSI). El asunto es de extrema gravedad para la comunidad internauta en particular y la sociedad en general. La ley modificada hace unas semanas, cuando un responsable gubernamental explicaba que el texto legislativo prohibiría el SPAM, hizo que algunos internautas bienintencionados se precipitaran gritando victoria. Pues no. La LSSI, como podeís leer en los artículos de hoy, con la presunta ilegalización del SPAM no era más que el cebo para que la comunidad internauta pasase de puntillas sobre el texto de la Ley. Una ley que pretende, ni más ni menos, suprimir por vía legislativa la existencia de comunidades libres en la Internet española, eliminando de un plumazo el anonimato, la discrepancia y la libertad de expresión. Una ley que pretende destruir boletines como Kriptópolis o MakyPress convirtiéndolos en expresiones comerciales, con controles leoninos y dónde, sus responsables tendrían que estar con el carnet de identidad en la boca, como en los mejores tiempos del fascismo mas negro y sus odiados Tribunales de Orden Público, que en vez de censurar cerraban directamente las publicaciones. Por que es grave, porque estamos por la libertad de expresión y contra la censura, estamos en pie de guerra. Llamamos, junto y codo con codo a los colegas de Kriptópolis con los que estamos desde el primer minuto en esta campaña, a las barricadas virtuales, a movilizarnos y defender la Red y nuestos derechos en ella. Para empezar demos la mayor difusión en chats, grupos de noticías, lista de correo, etc a esta noticía. Que cada internauta sea una barricada. Que cada barricada seamos todos los internautas. Como termina Carlos Sanchez Almeida su artículo: "A las armas digitales, ciudadanos: no pasarán" y no olvideís lo que recalca J. Manuel Gómez: "Esto no es una campaña más; es "La Campaña"". William González "Maky", es fundador y editor de MakyPress y miembro de la comunidad virtual Villanos.net (<http://villanos.net>;) maky@villanos.net MakyPress: <http:villanos.net/makypress> Kriptopólis: "No queremos vivir asi", boletín especial <http://www.kriptopolis.com/>; ________________________________________________________________ LSSI: SENTENCIA DE MUERTE PARA KRIPTÓPOLIS, POR JOSÉ MANUEL GÓMEZ Para que cualquier proyecto alcance sus objetivos, hay que estar siempre dispuesto a superar multitud de obstáculos. Algunos son simples contrariedades, que se resuelven con un poco de ingenio, voluntad o paciencia. Otros -por el contrario- constituyen auténticas trampas mortales, que obligan a ordenar de inmediato zafarrancho de combate, y a preparar con urgencia los cañones para una batalla decisiva, donde ni siquiera cabe pensar en hacer prisioneros con los que negociar futuros armisticios. Es todo o nada, vencer o morir. Hace unas semanas, Kriptópolis se encontraba ante un escollo del primer tipo. Las visitas se habían disparado hasta el punto de saturar las aceras de nuestra ciudad oculta (el atasco -por cierto- aún no ha mejorado. Si entonces eran un millón de hits mensuales los causantes del atasco, ahora estamos por encima de los cuatro millones y medio, así que imagínense la situación). No obstante, ni uno solo de nuestros lectores se nos ha quejado hasta ahora de la desesperante lentitud del web en determinados momentos. Pero la amenaza que queremos reseñar hoy es muchísimo más grave, hasta el punto que debe entrar, por pleno derecho, en el capítulo de las trampas mortales. Ahora no se trata de que el web vaya más o menos rápido; se trata -en definitiva- de que no haya web en absoluto. ¿Que es la LSSI?Analisis legal¿Cómo nos afecta?Sentencia de muerte para Kriptopolis¡No pasarán! Fascismo DigitalLa III Guerra Mundial de InternetCómo colaborar en la CampañaA Kriptopólis aun...¡¡ NO A LA LSSI !! Si en nuestro semidesesperado llamamiento de hace semanas hablábamos del evidente riesgo de una Internet de dos velocidades (una acaparando todos los recursos, la otra casi ninguno), hoy tenemos que decirles que entonces pecábamos de exceso de optimismo, ya que la idea no parece ser precisamente ésa, sino que sólo exista una única Internet, tan monocolor y sumisa como la mayoría de los medios de información: la Internet del Amo, un patético títere más al servicio de los pocos potentados que podrán permitirse mantener en marcha su tinglado digital. El resto, o al monte... o la cárcel. ¿Cómo puede ser que se pretenda ahora poner en marcha una ley tan retrógrada como la LSSI (Ley de Servicios de la Sociedad de la Información), pretendiendo revestirla -además- de un sospechoso disfraz "liberalizador"? ¿Por qué se extiende su ámbito de aplicación a los servicios de información libre 'on-line', cuando el sentido común sugiere que debiera estar enfocada únicamente a proteger los derechos del usuario del comercio electrónico lucrativo? ¿Por qué la comunidad internauta permanece impasible ante este vergonzoso atentado contra la libertad de expresión, que amenaza con tapar la boca para siempre a los pocos medios independientes que aún no han hincado la rodilla? Demasiadas preguntas. Ninguna respuesta. Señores: hasta aquí hemos llegado. Hace unas fechas, el redactor de la revista Arroba (que acaba de publicar un original y documentado artículo sobre Kriptópolis), me preguntaba sobre posibles problemas o conflictos que hayamos tenido que afrontar a lo largo de estos cinco años. Me pareció obvio interpretar su pregunta desde el punto de vista de posibles maniobras censoras por parte del poder contra Kriptópolis. Honestamente, le contesté que nunca había existido tal cosa, pero hoy le hubiese dicho justo lo contrario: la LSSI constituye la maniobra más ladina que he visto en todo este tiempo. Si no le cortamos el paso ahora mismo (antes de que el monstruo nazca, crezca y se desarrolle) podemos ir olvidando cualquier ilusión de anonimato o libertad en la Red que aún pudiera quedarnos. Les diré en voz muy alta lo que otros cuchichean o callan: el comercio electrónico ha fracasado en España (por falta de atractivo en las ofertas, de seriedad en el servicio y, en gran parte, porque no ha logrado vencer la sospecha de que la tan cacareada "seguridad" es una falacia en la mayoría de los casos) y la LSSI es su desesperado y colérico puñetazo en la mesa. Tenían que haber previsto que en el país de la picaresca es especialmente difícil quedarse con el personal. Pero no lo hicieron, y ahora rebosan frustración y claman venganza. Y la venganza va derechita hacia quienes insisten en señalarles su error y matar su becerro de oro. Por fin se han despojado de la piel de cordero y han decidido mostrar su auténtico pelaje censurador y autoritario. Confían en que, con todos los medios bajo control, cuando ya nadie se atreva a denunciar que los cimientos del circo son de barro, la Internet de colorines les llenará por fin las arcas y saneará para siempre sus -ahora impresentables- cuentas de resultados. Se equivocan de nuevo. La Red no puede construirse eliminando nudos que existen y funcionan. Ha de construirse sobre ellos y contando con ellos, pero jamás en su contra. Si persisten en intentar silenciarnos, dejaremos de callar lo que sabemos y nos las ingeniaremos para gritar todavía más. Aprenderán esta lección de una forma aún más dolorosa que la anterior. Esto no es una campaña más; es "La Campaña". Una eventual aprobación de la LSSI equivale a una sentencia de muerte contra Kriptópolis y toda la Internet libre. El objetivo, pues, está muy claro: fuera la LSSI. Insisto: batalla total y sin cuartel. Vencer o morir. ¡¡A los fairegüoles!! (*) José Manuel Gómez es fundador, editor y director de Kriptópolis. jmg@kriptopolis.com <http://www.kriptopolis.com/>; ________________________________________________________________ NO PASARÁN: FASCISMO DIGITAL.POR CARLOS SÁNCHEZ ALMEIDA(*) "Dejando aparte las siglas y el argot que han sembrado la vista, Internet puede muy bien ser descrita como una conversación universal sin fin. El Gobierno no puede, a través de la Ley de Decencia en las Telecomunicaciones, interrumpir esa conversación. Como la forma participativa de expresión de masas más desarrollada jamás conocida, Internet merece la más estricta protección frente a la intrusión gubernamental. Es cierto que muchos encuentran algunas de las expresiones o manifestaciones en Internet ofensivas y es cierto, también, que, en medio del estruendo del ciberespacio, muchos oyen voces que consideran indecentes. La ausencia de regulación gubernativa de los contenidos de Internet ha producido, incuestionablemente, una especie de caos, pero, como uno de los expertos propuestos por los demandantes indicó en el curso de la vista, lo que ha hecho de Internet un éxito es el caos que representa. La fuerza de Internet es ese caos. Como sea que la fuerza de Internet es el caos, la fuerza de nuestra libertad depende del caos y de la cacofonía de la expresión sin trabas que protege la Primera Enmienda. Por estas razones, sin dudarlo, considero que la Ley de Decencia en las Comunicaciones es "prima facie" inconstitucional y concedo las medidas cautelares solicitadas." Sentencia de la Corte del Distrito Este de Pensilvania, en el caso entre la American Civil Liberties Union versus Janet Reno, Fiscal General de los Estados Unidos. Por encargo de la Asociación Europea de Abogados Jóvenes, la pasada semana me vi en la obligación de exponer una ponencia ante su Asamblea General, celebrada en el Colegio de Abogados de Barcelona, bajo el título "Internet y comercio electrónico en España". Dado que no disponía de mucho tiempo, decidí ofrecer a nuestros colegas europeos una visión general de la situación actual, dejando para el final las perspectivas de futuro, encarnadas en el Anteproyecto de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico. Nunca pensé que lo iba a pasar tan mal, ni que podría acabar tan avergonzado de ser español. Después de estudiarme el proyecto legislativo, decidí que nuestros colegas tendrían que volver a sus respectivos países explicando que en España iba a aprobarse por ley la implantación de censura previa en Internet. Cuando hace pocas semanas un responsable gubernamental explicaba que el texto legislativo prohibiría el SPAM, ya comencé a pensar que había gato encerrado. Efectivamente, la presunta ilegalización del SPAM no era más que el cebo para que la comunidad internauta pasase de puntillas sobre el texto de la Ley. Una ley que pretende, ni más ni menos, suprimir por vía legislativa la existencia de comunidades libres en la Internet española, eliminando de un plumazo el anonimato, la discrepancia y la libertad de experesión. Una ley que pretende destruir nuestra Ciudad Oculta. El artículo 2 de la Ley establece que se entenderá como "servicio de la sociedad de la información", además del comercio electrónico, todo servicio prestado normalmente a título oneroso, a distancia, por vía electrónica y a petición individual del destinatario, incluyendo, entre otros servicios, el suministro de información en línea. En lenguaje internauta, cualquier revista online financiada mediante banners, como Kriptópolis. En el artículo 10 se establece que los prestadores de servicios deberán comunicar a un Registro Público el nombre de dominio e internet que utilicen para la realización de actividades económicas en la Red. De Network Solutions a la matrícula obligatoria de nombres de dominio: vamos progresando, Birulés. En el artículo 11 se establece que estarán obligados a disponer de los medios que permitan, tanto a los destinatarios del servicio como a los órganos administrativos o judiciales competentes, acceder de forma permanente, fácil, directa y gratuita a toda la siguiente información: su nombre o denominación social; su domicilio social o, en su defecto, la dirección de uno de sus establecimientos permanentes en España; su dirección de correo electrónico y cualquier otro dato que permita establecer con él una comunicación directa y efectiva. Manolo Gómez, con el carnet en la boca. En el artículo 12 se establece que todos los prestadores de los servicios de la sociedad de la información deberán convertirse en ciberpolicías, puesto que en caso contrario podrían ser multados hasta en 100 millones de pesetas. Las obligaciones para Kriptópolis y cualquier otra revista online son las siguientes: a) Comunicar a las autoridades judiciales o administrativas competentes, tan pronto como tengan conocimiento de su existencia, la actividad presuntamente ilícita, realizada por el destinatario del servicio. b) Comunicar a las autoridades judiciales o administrativas competentes, a solicitud de éstas, la información que les permita identificar a los destinatarios de servicios. c) Suspender la transmisión, el alojamiento de datos, el acceso a la red o la prestación de cualquier otro servicio de la sociedad de la información, para poner fin a una infracción o impedirla, cuando así les sea solicitado por una autoridad judicial o administrativa competente. d) Supervisar o conservar todos los datos relativos a un determinado sitio de Internet durante un período máximo de seis meses y ponerlos a disposición de la autoridad judicial competente, cuando ésta así lo requiera. Los artículos comentados establecen de hecho- el fin de Internet concebida como un espacio libre. Al convertir el suministro de información en una actividad económica regulada, la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico pretende acabar con publicaciones como Kriptópolis. Publicaciones basadas en economía de subsistencia -pero economía al fin y al cabo: a ver cómo, si no, se sirven cientos de miles de páginas a decenas de miles de suscriptores- y en consecuencia sometidas al cepo administrativo. Un cepo que pretende amordazar la libertad de expresión, obligando a las revistas independientes a suspender la transmisión de información cuando les sea requerido por una autoridad administrativa, algo que no pasaba en España desde la aprobación de la Constitución. Decíamos hace pocas semanas que estabamos tocándoles mucho las partes nobles a un par de virreyes, y que antes o después querrían vengarse. Ahí lo tienen. Impedir que se espíe a los trabajadores y denunciar la subordinación del poder político a los intereses de las grandes corporaciones y sus grupos mediáticos, tiene su precio. Lo que no consiguieron a golpe de talonario, lo pretenden ahora por la vía del decreto ley. Pretender que la publicación de una noticia, o la opinión discrepante de un internauta, pueda ser sometida a censura sin intervención de un juez, sólo tiene un nombre: fascismo digital. Llevamos luchando mucho tiempo por una Red libre, y quizás éste sea nuestro último combate, pero al menos ahora ya sabemos a qué nos enfrentamos. A las armas digitales, ciudadanos: no pasarán. (*)Por Carlos Sánchez Almeida, Abogado almeida@kriptopolis.com <http://www.kriptopolis.com/>; ________________________________________________________________ LSSI: LA TERCERA GUERRA MUNDIAL DE INTERNET. POR JAVIER A. MAESTRE(*) La iniciativa que desarrolla Kriptópolis, poniendo de manifiesto los espurios intereses y objetivos que se esconden tras el texto llamado a ser la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información, sin duda, es llamativa y, ciertamente, acertada y oportuna. Pero, ¿por qué tanto alboroto y por qué denominarla la tercera guerra mundial? Pues porque este proyecto de texto legal es una de las muestras del tercer pulso que los titulares del poder anterior a Internet le echan a sus indígenas; las dos primeras guerras las perdieron y, a menos que se reaccione a tiempo, corremos grave riesgo de que a la tercera vaya la vencida. La primera guerra por el control de Internet adoptó la forma de censura de los contenidos "a lo bestia" con la excusa, afortunadamente cada vez menos creíble, de la pornografía infantil y del acceso a contenidos "inadecuados" por parte de menores de edad. Fue la malograda CDA (Ley de Decencia de las Comunicaciones), que el Tribunal Supremo norteamericano declaró sin ambages como inconstitucional, según destaca Carlos Sánchez Almeida en su artículo. En esa misma línea se situaban los programas censores a instalar en todos los ordenadores, pero, si no tienen un carácter coactivo, la gente pasará, como pasa de ellos. Se empieza ya a prescindir de muchos buscadores tradicionales. La segunda guerra fue menos sutil, fue la guerra del dinero; la supervivencia en Internet parecía depender tan sólo de un "bisnesplan" de ensueño y de un talonario bien gordo. Fue la época de las puntocom y, tras dejarse un pastón que quieren recuperar, vieron que únicamente enseñando la billetera no bastaba para adueñarse de Internet. La tercera guerra se sitúa en la línea de la segunda, pero buscando sus objetivos quizás de forma algo más sibilina. El objeto intermedio sigue siendo que sólo quienes tengan suficiente dinero puedan tener presencia activa en Internet y ello, ahora, se pretende obligando a todo el que quiera tener una Web a cumplir innumerables requisitos sometidos a la correspondiente multa en caso de incumplimiento. Carlos Sánchez Almeida destaca en su artículo el ámbito de aplicación de la Ley, pero, aún más espeluznante que su texto articulado resulta la exposición de motivos: "En lo que respecta al ámbito de aplicación de la Ley, se ofrece, desde el punto de vista objetivo [lo de objetivo es realmente hilarante], un concepto amplio de "servicios de la sociedad de la información" [y tan amplio, como que abarca todo lo que esté en Internet, lo único que quedan fuera son las páginas con las fotos del gato y del bebé], que acoge dentro de sí el más específico de "comercio electrónico". Y tanto que lo acoge, se venga de su derrota. En cristiano: ojo al dato, ay, ay ay, que los que pensáis que comercio electrónico haciendo no estáis, no os escapáis; hemos caído en la crisis puntocom, pero ahora os ha llegado vuestro turno. JA, JA, JA. De esta forma, dice la exposición de motivos, el concepto amplio de servicio de la sociedad de la información "engloba el suministro de información en línea (como el que efectúan los periódicos [iBrújula, por ejemplo] o revistas [Kriptopolis o makypress, por ejemplo] que pueden encontrarse en la Red)". Más claro, ni el agua. Pero todo esto se dice poniendo de excusa (antes eran los menores que buscaban en Internet lo que enseñaban los quioskos y videoclubs) a los consumidores. Así, la Exposición de motivos dice que de la ley "destaca, por otra parte, su afán por proteger los intereses de los destinatarios de servicios, de forma que éstos puedan gozar de garantías suficientes a la hora de contratar un servicio o bien por Internet". Contratar un servicio, de acuerdo con el texto de la Ley, es leer este artículo. Una oscura homogeneización que nos acecha. Nunca, antes que ahora, tenemos tanto en común quienes presentamos grandes diferencias; aprovechemos la oportunidad que nos dan para unirnos, porque puede que no haya otra. La tercera guerra también la perderán. Esa Ley debe desvanecerse antes de que empiece su tramitación parlamentaria. El acceso a las Cortes de semejante engendro sería ya de por sí una burla al sistema democrático. (*) Javier A. Maestre es abogado y dirige actualmente dominiuris.com, desde su creación en 1997. Es autor del libro que acaba de publicar con el título "El Derecho al Nombre de Dominio". maestre@dominiuris.com <http://www.kriptopolis.com/>; ________________________________________________________________ ¿QUÉ PUEDO HACER YO?. COMO COLABORAR. Si usted es lector habitual de Kriptópolis sabrá ya muy bien cuál es la diferencia entre una Internet libre y otra sometida. Si lleva con nosotros algún tiempo, sabrá también que en esta casa no nos gusta levantar demasiado la voz cuando no hay motivo. En el caso de la LSSI creemos que la alarma está más justificada que nunca. Los medios libres (es decir, independientes del poder y sin otro compromiso que sus lectores) podemos sucumbir si este nefasto proyecto acaba saliendo adelante. Se nos asfixiará administrativa, económica e incluso éticamente. El poder meterá sus narices en nuestras actividades con total discrecionalidad, y cualquier burócrata (en lugar de un juez) podrá decretar nuestro cierre si lo que publicamos no resulta del agrado de según quiénes. Las razones por las que la LSSI es -como mínimo- un disparate están suficientemente explicadas en las distintas secciones de este web de urgencia. Pero si usted está tan espantado como nosotros ante este atropello que se nos avecina, probablemente se pregunte qué es lo que puede hacer para evitarlo. En primer lugar, le pediríamos difundiera la dirección web de esta campaña (simplemente http://www.kriptopolis.com) en cuantos foros tenga acceso; difunda esta alarma entre sus compañeros, familiares y amigos. Todos ellos se están jugando mucho, y lo peor es que aún no lo saben. Nuestro web no tiene ahora mismo banners publicitarios, y esto es mucho más serio que una búsqueda rastrera e indiscriminada de clicks. En segundo lugar, solicitamos a nuestros lectores que envíen una carta atenta y respetuosa a la Sra. Ministra de Ciencia y Tecnología. A tal fin, incluso hemos preparado una carta modelo (la encontrarás en <http://www.kriptopolis.com/lssi/modelo.txt>;), que usted sólo tiene que copiar y pegar en su programa de correo, añadiendo al final su propio nombre y DNI. La carta ha de enviarse a <mailto:info@mcyt.es>. Debe quedar muy claro que nadie pretende saturar el servidor del Ministerio a base de un envío masivo, sino que cada uno, a título personal, habrá de reflexionar sobre todo lo expuesto y sus consecuencias, y enviar -si lo considera oportuno- un solo mensaje, perfectamente firmado e identificado. Por último, estaremos encantados de recibir sus ideas, comentarios, adhesiones, etc. en nuestro buzón de Campaña (<mailto:lssi@kriptopolis.com>). ________________________________________________________________ ¿Qué es la LSSI? http://www.kriptopolis.com/lssi/01.html ________________________________________________________________ LSSI: ANÁLISIS LEGAL. POR JAVIER A. MAESTRE En primer lugar resulta necesario una precisión terminológica: la legislación que se comenta no pretende su aplicación a las iniciativas comerciales de Internet, como se ha querido hacer ver. El objeto de estas normas es regular CUALQUIER tipo de actividad que se realice a través de la Red de redes. El concepto en torno al que gira su ámbito de aplicación se denomina "servicios de la sociedad de la información" y, como veremos seguidamente, ahí no cabe sólo el, ya fallido, comercio electrónico. ANALISIS DE LA DIRECTIVA SOBRE COMERCIO ELECTRONICO (SERVICIOS DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN) La legislación sobre firma digital, al margen de que sirve para introducir dicho concepto en el orden normativo e ir generando confianza en el sector, tiene como principales destinatarios las personas que pretendan constituirse como entidades de certificación, y no tiene la vocación de constituir la normativa básica de referencia en materia de comercio electrónico y la actividad en general que se desarrolla en Internet que será la Directiva objeto de comentario (Directiva 2000/31/CE), así como las normas de desarrollo que dicten los diferentes Estados miembro. La finalidad de esta Directiva, según sus propios considerandos, es la de "garantizar un elevado nivel de integración jurídica comunitaria con objeto de establecer un auténtico espacio sin fronteras interiores en el ámbito de los servicios de la sociedad de la información." Todo el análisis en: <http://www.kriptopolis.com/lssi/02.html>; ________________________________________________________________ LSSI: ¿CÓMO NOS AFECTA?. POR JAVIER A. MAESTRE Un día le vendrá un hombre con gabardina y le preguntará: - Oiga, usted tiene página Web ¿no? - Pues, si, me la hizo el año pasado mi hijo y a la gente del pueblo le gusta. - Bien, me enseña el certificado de inscripción del nombre de dominio que usa en el registro donde se encuentra inscrito para fines de publicidad o para adquirir su personalidad jurídica. - Eiiiin, espere que viene mi hijo y le explica que yo de estas cosas no entiendo. - Nosotros -dice el hijo- no tenemos nombre de dominio, estamos alojados en el dominio que registro el "Juanca" y nuestra dirección es "tienda.tañabueyes.com". - Carecer de dominio propio en una web para la realización de una actividad económica, infracción leve art. 51.4.a) LSSI. Pero, ¿estará inscrito en algún registro, aunque sea a fines publicitarios? - Pues, no sé, ¿si le vale el folleto de las fiestas del pueblo? - Circunstancia agravante. Bien, ¿Qué información suministra en la web sobre su establecimiento? - El correo electrónico nada más, todo el mundo sabe dónde estamos. - No informar en la forma prescrita por el artículo 11.1 sobre los aspectos señalados en las letras b), c), d) y e) del mismo. Infracción leve, art. 51.4.b) LSSI. Bien, ¿en qué condiciones efectúa usted las comunicaciones comerciales? - Bueno, cuando me llega una novedad de la capital, mando un correillo a los que puedan estar interesados. - Vaya, incumplimiento de lo previsto en el artículo 21 para las comunicaciones comerciales, ofertas promocionales y concursos. Infracción leve. Denuncia a la Agencia de Protección de datos. ¿Realiza Ud. transacciones o contratos a través de la Red? - Bueno, no sé, la Mariana lleva unos días pachucha, no sale de casa. Su nieto le ha enseñado a manejar el correo, me hace el pedido por Internet y luego por la tarde el chico le lleva la compra. - En fin, no proporcionar al destinatario del servicio, por medios electrónicos, las condiciones generales a que, en su caso, se sujete el contrato, en la forma prevista en el artículo 30. Infracción grave. Me parece que por hoy ya está bien, debe usted tener cuidado con su negocio, parece mentira que sea Ud. empresario: Tres infracciones leves una de ellas con agravante, sanción de 2.000.0000 por la que tiene agravante y otros 2.000.000 por las otras dos. Una infracción grave, sanción de 20.000.000. Denuncia a la Agencia de Protección de Datos, propuesta, 5.000.000. En total, aunque es un ejercicio de Derecho ficción, afortunadamente, 29.000.000 pesetas, vamos, para matar al chaval que puso la web. No, si ya lo decía el abuelo, esto de Internet es cosa del diablo... <http://www.kriptopolis.com/>;
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